E-commerce

E-commerce
SPECIAL 10-DAY FREE TRIAL SUBSCRIPTION OFFER.Desbloquee el potencial de su comercio electrónico. Si está buscando iniciar un nuevo negocio en Internet, crear un trabajo secundario a tiempo parcial o hacer crecer una empresa en línea existente, ECommergy es su plataforma de referencia, diseñada por expertos en comercio electrónico para emprendedores como usted. ¿Por qué pasar meses buscando las perlas de oro de la sabiduría del comercio electrónico cuando ECommergy las ofrece todos los días.Qué hay adentro. Contenido exclusivo curado por expertos agregado diariamente. Los mejores artículos, vídeos y audios seleccionados por quienes han estado en tu lugar. Accede a verdaderos expertos en comercio electrónico en nuestro foro exclusivo para recibir asesoramiento personalizado. Potente motor de búsqueda para encontrar rápidamente exactamente lo que necesitas. Calificaciones y reseñas de pares para guiarlo hacia los recursos más valiosos. Herramientas organizativas para mantener su aprendizaje encaminado. ¡MÁS! ¡Incluye valiosos 4 bonos GRATIS! 25 fichas de recompensa GRATIS 10 ZCredits GRATIS (para juegos, salvavidas y más en EagerZebra.com) 10 entradas GRATUITAS para ganar $100 en compras en Elevation.shopping Gana dinero con nosotros. Con su suscripción gratuita, recibe una licencia para recomendar a otros a ECommergy y ganar bonificaciones/comisiones por recomendación.s?

sábado, 17 de febrero de 2024

Entra en vigor la reforma del artículo 49 de la Constitución que regula los derechos de las personas con discapacidad

Entra en vigor la reforma del artículo 49 de la Constitución que regula los derechos de las personas con discapacidad:

La reforma del artículo 49 de la Constitución, que regula los derechos de las personas con discapacidad, ha entrado en vigor este sábado, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La nueva redacción de este precepto, que ha supuesto la sustitución del término "disminuidos" por el de "personas con discapacidad" fue definitivamente aprobada el pasado 25 de enero por el Senado, pero hubo que dejar pasar 15 días por si algún grupo parlamentario solicitaba que fuera sometida a referéndum.

Con esta reforma se establece que las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en el Título I "en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas". Además, "se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio". Para ello, los poderes públicos "impulsarán las políticas que garanticen" su "plena autonomía personal y la inclusión social, en entornos universalmente accesibles".

Sólo Vox votó en contra

El Rey Felipe VI sancionó la reforma constitucional el pasado jueves después de que fuera refrendada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El acto de la sanción tuvo lugar en el Palacio de La Zarzuela, al que también acudieron la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol; y los presidentes del Senado, Pedro Rollán; el Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido; y el presidente del Consejo General del Poder Judicial por suplencia, Vicente Guilarte.

Esta es la primera reforma social de la Carta Magna, que requería ser aprobada por una mayoría de tres quintos de los diputados, y que reclamaban desde hace 20 años las entidades de la discapacidad. A su paso por las dos Cámara recibió el respaldo de todos los grupos parlamentarios salvo Vox.

Tercera reforma constitucional

La propuesta de reforma se tramitó por el procedimiento de urgencia, tal y como acordaron Sánchez, y el líder del Partido Popular (PP), Alberto Núñez Feijóo, a finales de 2023.

Esta es la tercera modificación de la Constitución desde su aprobación en 1978. La primera reforma constitucional tuvo lugar en 1992 y consistió en añadir, en el artículo 13.2, la expresión "y pasivo" referida al ejercicio del derecho de sufragio de los extranjeros en elecciones municipales. La segunda data de 2011 y afectó al artículo 135, que se modificó para introducir el principio de estabilidad presupuestaria. Ninguna de las dos se sometió a referéndum.

No hay comentarios:

Publicar un comentario